En una sesión que se extendió hasta la madrugada, la Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Ley de Glaciares con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, lo que le dio sanción definitiva a una de las iniciativas ambientales más debatidas de los últimos años. El oficialismo consiguió el respaldo del PRO, la UCR y bloques provinciales, y ahora la norma quedó en manos del Poder Ejecutivo para su promulgación.

La votación coronó una jornada legislativa más favorable de lo previsto para el Gobierno, que alcanzó el quórum con 129 diputados presentes y aceleró el cierre del debate ante la certeza de contar con los votos necesarios. Incluso, varios legisladores oficialistas desistieron de hacer uso de la palabra en el tramo final.
La presencia de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en el recinto durante las últimas horas de la sesión funcionó como una señal política del Ejecutivo en un momento clave de la definición.
Qué cambia con la reforma
La modificación introduce cambios sustanciales sobre la ley vigente desde 2010, que establecía presupuestos mínimos para la protección de glaciares y áreas periglaciares, consideradas reservas estratégicas de agua dulce.
Uno de los ejes centrales de la reforma es la redefinición del alcance de la protección. A partir de ahora, solo quedarán bajo resguardo estricto aquellos glaciares y zonas periglaciares que tengan una “función hídrica comprobada o relevante”. Esto implica un recorte respecto del esquema anterior, que contemplaba una cobertura más amplia.
En la práctica, la nueva normativa habilita la posibilidad de desarrollar actividades productivas, incluidas las extractivas, en áreas que antes estaban protegidas de manera general. Este punto generó fuertes cuestionamientos de sectores ambientalistas y especialistas, que advierten sobre los riesgos para las reservas de agua.
Mayor peso de las provincias
Otro cambio relevante es el rol que pasan a tener las provincias. La reforma les otorga mayor margen para definir los criterios de protección en sus territorios, en línea con los reclamos de distritos con actividad minera.
En ese marco, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) deja de tener un rol central en la identificación científica de los glaciares y pasa a cumplir una función más vinculada al registro. Las decisiones de fondo quedarán en manos de las autoridades provinciales.
Además, se establece que cada jurisdicción podrá aplicar sus propios criterios, lo que introduce un esquema más descentralizado y, según críticos de la norma, con mayor grado de discrecionalidad.
De una protección general a una evaluación caso por caso
La reforma también modifica el enfoque de control ambiental. Se pasa de un sistema de prohibiciones generales a uno basado en evaluaciones de impacto ambiental por proyecto, que serán realizadas a nivel provincial.
Mientras tanto, se mantiene un principio precautorio: todos los glaciares incluidos en el inventario nacional continuarán protegidos hasta que se determine si cumplen o no con las funciones hídricas exigidas por la nueva ley.
Este cambio implica que la protección deja de ser estructural y preventiva para convertirse en un esquema condicionado y revisable.
Un debate abierto
Desde el Gobierno sostienen que la reforma busca ordenar el marco normativo, evitar interpretaciones ambiguas y fortalecer el federalismo ambiental. Del otro lado, organizaciones ambientales y especialistas advierten que la flexibilización puede afectar zonas clave para la seguridad hídrica del país.
Con la sanción ya concretada, la discusión se traslada ahora a la implementación de la norma y al impacto concreto que tendrá en las provincias, especialmente en aquellas donde la actividad minera convive con ecosistemas sensibles.





